Bases del sorteo
BENOTAC, S.L. (en adelante, “BENOTAC” o la “Sociedad”), domiciliada en Madrid, calle Fuencarral, número 104, C.P. 28010 y con N.I.F. B-80255425, realizará un sorteo que se regirá por las siguientes
BASES
Primera: Objeto del sorteo. - Dar a conocer BENOTAC a la pluralidad de usuarios pertenecientes al mercado en el que opera dicha Sociedad, así como incentivar el flujo de visitantes que concurren normalmente en la página web propiedad de BENOTAC.
Segunda: Duración del sorteo. - El periodo promocional empezará el 01/07/2024 y finalizará el 15/07/2024 de 2024. Solo serán válidos las participaciones registradas entre dichas fechas y que, además, cumplan las condiciones que a continuación se explicarán.
Tercera: Ámbito geográfico. – El sorteo será de ámbito Nacional, a partir de la inscripción debidamente registrada en la página web propiedad de BENOTAC. En este sentido, el sorteo será publicado a través de la plataforma Meta y, además, se comunicará a través de un correo a todos los usuarios de la base de datos con la que cuenta la Sociedad y que cuenten con autorización expresa.
Cuarta: Ámbito personal. - Tendrán derecho a participar todas aquellas personas, mayores de edad, con residencia en España y que cumplan los requisitos de las siguientes bases.
Quedan excluidos de la participación en este sorteo los empleados de BENOTAC, así como las personas directamente vinculadas con la organización, protocolización y gestión del sorteo y, en general, las personas jurídicas.
Asimismo, quedan excluidos del sorteo los distribuidores, intermediarios, revendedores, titulares o colaboradores de establecimientos en los que se comercializa el producto participante en el sorteo.
Quinta: Usuario participante. - Podrán participar en el sorteo todos aquellos usuarios de la plataforma Meta que lleguen a tener conocimiento de la realización del sorteo, así como los usuarios de la base de datos con la que cuenta BENOTAC, debiendo en ambos casos, estar debidamente inscritos y cumplir los requisitos descritos en estas bases. Quedan excluidas, por tanto, todas aquellas participaciones que no provengan de los medios explicados anteriormente. Además, el usuario deberá ser mayor de edad, entendiéndose como inválidas todas aquellas participaciones realizadas por personas menores de edad.
Sexta: Requisitos para participar. - Podrán participar en el sorteo de forma gratuita todos aquellos usuarios que, a partir del anuncio en la plataforma Meta o de la notificación por correo electrónico a partir de la base de datos de la que dispone BENOTAC, sigan el link a la página web “benotac.es” y cumplimenten debidamente el formulario indicado a tales efectos.
El usuario deberá ser persona física mayor de edad, entendiendo como tal a aquellas personas físicas con edad igual o superior a 18 años.
Séptima: Premios. - Se adjudicará a un (1) único ganador el siguiente premio, el cual se entregará a partir de la finalización del sorteo.
-AirPods de Tercera Generación con caja de carga Lightning, valorados en 199,00.-€.
En ningún caso podrá sustituirse el premio por otro producto que se encuentre disponible en la página web “benotac.es” o del que pueda disponer BENOTAC en su inventario. Tampoco se podrá sustituir el premio por descuentos o similares sobre cualquier producto que se encuentre disponible en la página web “benotac.es” o del que pueda disponer BENOTAC en su inventario. En ningún caso podrá cederse el premio a otra persona distinta del ganador, a petición de éste.
BENOTAC se reserva el derecho de sustituir el premio por otro análogo de mismo o superior valor en caso de fuerza mayor.
Octava: Mecánica del sorteo. - Para poder participar, el usuario deberá cumplimentar debidamente el formulario según los requisitos anteriormente explicados. El usuario accederá a dicho formulario ya sea a través del anuncio en la plataforma Meta o bien a través de la recepción del correo enviado por BENOTAC por medio de su base de datos.
Una vez cumplimentado el formulario, el usuario recibirá en el correo indicado una confirmación de participación en el sorteo, momento a partir del cual se le considerará participante del sorteo. De no recibir esta confirmación, el usuario no se considerará como participante y, por tanto, no podrá aspirar a la obtención del premio. Por tanto, únicamente se entenderá que el usuario participa en el sorteo desde el mismo momento en el que reciba la confirmación de participación.
De esta forma, la confirmación de su registro en el sorteo equivaldrá a una (1) única participación. El usuario no podrá rellenar indistintamente varios formularios, aun estando debidamente cumplimentados, de forma que no se considerarán como varias participaciones de un mismo participante, sino como una única participación.
Para que el formulario se entienda como “debidamente cumplimentado”, deberá cumplir las siguientes condiciones:
-La fecha de envío del formulario deberá estar comprendida entre el 01/07/2024 y el 15/07/2024.
-El formulario deberá incluir nombre y apellidos del participante, así como correo electrónico en funcionamiento, es decir, aquel que sea utilizado con normalidad por el participante y, por tanto, capaz de enviar y recibir correos electrónicos. El participante deberá cumplir también los requisitos explicados en el apartado sexto.
-El participante deberá conservar la confirmación de participación en el sorteo, que será recibida únicamente por el usuario que haya cumplimentado debidamente el formulario. BENOTAC podrá requerir al participante la confirmación de participación, debiendo ser anterior, en fecha y hora, al momento en que termine el plazo para participar y coincidir con los datos registrados. En caso contrario el participante perderá todo derecho sobre el premio que le haya correspondido.
-BENOTAC se reserva el derecho a solicitar al participante cualquier información adicional y/o documentos justificativos, incluyendo la fotografía de su Documento Nacional de Identidad, pasaporte o documento identificativo equivalente en vigor.
-El participante deberá proporcionar a BENOTAC, al participar en el sorteo, datos de contacto veraces, actualizados y funcionales. Dichos datos serán utilizados para hacer llegar a dicho participante toda comunicación que fuera necesaria comunicar en relación con el sorteo, incluyendo -en su caso- la designación de dicho participante como ganador.
-BENOTAC no será responsable de cualesquiera daños y perjuicios de toda naturaleza que puedan deberse a la falta temporal de disponibilidad, de continuidad del funcionamiento y/o fallos en el acceso al formulario o envíos de respuestas de participación a través de Internet.
-BENOTAC se reserva el derecho a modificar en cualquier momento las condiciones de la presente acción promocional, incluso su posible anulación antes del plazo prefijado, siempre que concurra causa justificada o supuesto de fuerza mayor, comprometiéndose a comunicar las nuevas bases, condiciones de la acción promocional o la anulación definitiva.
Novena: Determinación del ganador. - El ganador se asignará entre los participantes que cumplan todos los requisitos y será determinado por un software informático, entre todos los formularios debidamente cumplimentados y computados como participaciones, de forma aleatoria.
BENOTAC contactará por correo electrónico con el ganador. En el caso que no pueda entregarse el premio al ganador por incumplimiento de los requerimientos o detectarse alguna anomalía, o no se pudiera contactar con éste dentro de los siguientes siete (7) días naturales del primer intento de comunicación, o bien éste renunciara al mismo, el premio se asignará al reserva. El reserva corresponderá a la posición inmediatamente posterior a la ganadora. El reserva tendrá que cumplir con los requisitos citados en estas bases.
BENOTAC se reserva el derecho a que el premio quede desierto, en el caso que el participante agraciado o el reserva no cumplan los requisitos citados en estas bases o renuncien a los mismos.
La no respuesta por parte del ganador de los mensajes dirigidos al correo electrónico indicado en el formulario de participación sea cual fuera la causa, eximirá a BENOTAC de cualquier responsabilidad al respecto, no teniendo ésta ninguna obligación de utilizar medios de notificación alternativos.
BENOTAC cumplirá con su obligación de buena fe enviando como mínimo dos (2) comunicaciones al correo electrónico elegido por el participante y éste se compromete a verificar el correcto funcionamiento del mismo (incluyendo la comprobación periódica de la bandeja de “spam”, en su caso). La falsedad o la falta de alguno de los datos obligatorios podrán motivar la exclusión de dicho participante del sorteo.
Décima: Difusión del sorteo. – El sorteo se difundirá principalmente por medio de un anuncio en la plataforma Meta, así como a través del envío de correos electrónicos a las personas integrantes de la base de datos de la Sociedad. BENOTAC se reserva el derecho de utilizar otros medios de comunicación que pudieran inicialmente no estar previstos.
Décimo primera: Tratamiento de datos personales. - Los participantes en el sorteo consienten inequívocamente que, en caso de resultar ganadores, sus datos personales (nombre y apellidos) puedan ser comunicados a terceros mediante su difusión a través de los medios que BENOTAC estime más convenientes.
Los datos de carácter personal de los participantes en este sorteo serán tratados dando estricto cumplimiento a lo establecido en el Reglamento (UE) 2019/679, de 27 de abril de 2016, general de protección de datos (“RGPD”) así como a la legislación nacional aplicable, en el momento del sorteo.
En el momento de proceder a la recogida de los datos a través del formulario, se informará a los participantes de forma clara, precisa, suficiente y detallada acerca del almacenamiento temporal de sus datos en un fichero temporal y/o su incorporación a una base de datos permanente titularidad de BENOTAC, de las finalidades para las que podrán ser destinados dichos datos (i.e. publicidad dirigida y marketing directo, compartir su información con buscadores en Internet o proveedores de redes sociales, mostrarle comunicaciones comerciales en sitios web, conocer sus actividades y opiniones y hacerle llegar ofertas y promociones basadas en su ubicación geográfica precisa, etc.), así como de los derechos que tienen los participantes sobre sus datos personales y los mecanismos para ejercerlos.
Todos aquellos interesados cuyos datos personales sean objeto de tratamiento, podrán ejercitar gratuitamente los derechos de acceso, rectificación, cancelación, portabilidad, limitación y oposición al tratamiento o revocación del consentimiento, en su caso, dirigiéndose a BENOTAC, S.L., calle Fuencarral, número 104, C.P. 28010 o a través de nuestro correo electrónico de contacto marketing@benotac.es o al teléfono 91 308 43 63.
La negativa a proporcionar los datos calificados como obligatorios implicará la imposibilidad de participar en el sorteo o la de acceder a las prestaciones para los que eran solicitados.
Décimo segunda: Fiscalidad. - A los premios del presente sorteo, les serán de aplicación todas las leyes fiscales y tributarias vigentes en España. En este sentido, el ganador del premio deberá cumplir con todas las obligaciones fiscales derivadas de la recepción del mismo, incluyendo, pero no limitándose, a la declaración y el pago de los impuestos que puedan surgir en relación con dicho premio.
BENOTAC se reserva el derecho a efectuar las retenciones y deducciones fiscales que correspondan, de acuerdo con la legislación fiscal vigente. Dichas retenciones y deducciones se realizarán conforme a las autoridades fiscales españolas competentes.
En el supuesto de que se produzcan cambios en le legislación tributaria aplicable, que afecten al sorteo o al premio, BENOTAC, se reserva el derecho a realizar ajustes en consecuencia.
Décimo tercera: Causas de descalificación de un participante del sorteo. – Este sorteo se organiza con la pretensión de dar a conocer BENOTAC a la pluralidad de usuarios pertenecientes al mercado en el que opera dicha Sociedad, así como incentivar el flujo de visitantes que concurren normalmente en su página web, bajo condiciones de igualdad y con estricto respeto al principio general de la buena fe. Por ese motivo, BENOTAC excluirá automática e inmediatamente de la misma a cualquier participante que transgreda las normas de la buena fe, observe una conducta mendaz o inadecuada, emplee medios fraudulentos o incumpla estas bases en cualquiera de sus extremos.
En cualquier caso, con carácter enunciativo, pero no limitativo, y en aquello que resulte de aplicación, se excluirá a cualquier participante del sorteo en los siguientes casos:
-Introducción de datos personales inexactos, erróneos, no coincidentes o falsos. La constatación de que un participante ha introducido datos personales inexactos, alterados o falsos, dará lugar a la exclusión inmediata de todas sus participaciones en el sorteo, y le inhabilitará para recibir cualquier premio, sin que sea necesario comunicárselo.
-No disponer, o no entregar a BENOTAC prueba de haber recibido la confirmación de participación en el sorteo, en la eventual circunstancia de que dicho participante resulte ganador y la Sociedad le solicite tal información.
-Empleo de vías, sistemas o dispositivos para alterar la cumplimentación de los formularios, o la introducción automatizada de datos o códigos. La mera sospecha de que un participante está utilizando cualquier sistema automatizado para la introducción masiva o repetitiva de los datos o códigos necesarios para participar en el sorteo, dará lugar a la exclusión inmediata de todas sus participaciones y le inhabilitará para recibir cualquier premio, sin que sea necesario comunicárselo.
-De igual modo, cualquier anomalía atribuible a un participante que impida, altere o perturbe el normal desarrollo del sorteo, que afecte o perjudique a cualquier otro participante, que pueda falsear los datos de participación, comprometa la seguridad o la fiabilidad de los sistemas técnicos utilizados para su desarrollo, o que contravenga, de algún otro modo las presentes bases, dará derecho a BENOTAC a excluir unilateral e inmediatamente a dicho participante y a dar cuenta de los hechos a las autoridades competentes.
En caso de que las irregularidades, o cualesquiera otras, se detecten con posterioridad a la entrega efectiva de alguno del premio, BENOTAC se reserva el derecho de ejercitar las acciones legales pertinentes contra su autor o responsable, entre otras, las tendentes a la devolución de los premios y los daños y perjuicios que se hayan podido ocasionar.
Décimo cuarta: Aceptación de las bases. - La participación en el sorteo implica la aceptación de las presentes bases legales por los interesados.
En Madrid, a 26/06/2024